Hay un par de requisitos específicos relativos al uso y a la divulgación de información:
Requisito del mínimo necesario
En la mayoría de los casos, siempre que una entidad regida usa o divulga información médica protegida, o solicita esa información a otra entidad regida, debe hacer todos los esfuerzos razonables para limitar la información a la cantidad mínima necesaria a fin de cumplir con el propósito deseado del uso o divulgación. CRF 45 §164.502(b) y CRF 45 §164.514(d). En el contexto del tratamiento, el estándar del mínimo necesario se aplica sólo al uso de información médica protegida. La divulgación con propósitos de tratamiento no está sujeta a esta norma.
- La norma de lo mínimo necesario no se aplica a divulgaciones o a solicitudes hechas por un proveedor de atención médica a los fines de un tratamiento. Tampoco la norma afecta a las divulgaciones hechas a individuos en respuesta a su solicitud, a aquellas hechas a la Secretaría para supervisar el cumplimiento de la Regla de Privacidad, a usos o divulgaciones que son exigidas por ley, o a usos o divulgaciones que responden a una autorización.
Las notas de psicoterapia tienen mayores protecciones
Las notas de psicoterapia reciben un tratamiento especial y mayores protecciones. Para la mayoría de los propósitos, una entidad regida no puede usar o divulgar información contenida en notas de psicoterapia sin una autorización del individuo que cumpla los requisitos de la Regla de Privacidad. Esa autorización debe especificar, entre otros requisitos, quién es el autorizado a recibir la información, e incluir una fecha o acontecimiento de vencimiento. CRF 45 §164.508(a)(2).
Las notas de psicoterapia están limitadas a aquellas que son hechas por un profesional de la salud mental en el proceso de documentar o analizar el contenido de conversaciones durante las sesiones de consulta y que están separadas del resto de la historia clínica del individuo. CRF 45 §164.501.
El diagnóstico (o código de enfermedad) y otra información, tales como los medicamentos prescriptos, no son considerados notas de psicoterapia y pueden ser divulgadas con el propósito de dar tratamiento, realizar pagos o transacciones de asistencia médica.
- La Regla de Privacidad le prohíbe a un proveedor de atención médica o a un plan de salud regidos por la ley, condicionar el tratamiento, pago, afiliación en el plan de salud, o la provisión de beneficios, a la autorización del individuo para liberar sus notas de psicoterapia.
RECOMENDACIONES
| 1. |
Desarrollar políticas y procedimientos para determinar qué constituye el mínimo necesario para todos los usos y divulgaciones rutinarias de información médica protegida. |
| 2. |
Si usted (o su organización) usa o elabora notas de psicoterapia, debe establecer políticas y procedimientos para salvaguardar apropiadamente esta información. |
|
|